martes, 9 de agosto de 2016

El PRD impulsa acabar con asimetrías de legislaciones estatales con la federal en materia de paridad de género: Claudia Castello Rebollar

La paridad política es irreversible, señaló la Secretaria Nacional de Igualdad de Géneros.

En Tabasco se aprobó la “Ley Antijuanitas” impulsada por el diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana

CDMX, 9 de agosto 2016. (SNIG PRD).- La paridad política es irreversible, es un derecho constitucional, señaló la Secretaria Nacional de Igualdad de Géneros, Claudia Castello Rebollar, al anunciar que una de las prioridades de la agenda feminista del PRD, es acabar con las asimetrías de las legislaciones estatales y la federal en materia de la paridad electoral de género.

Como ejemplo, la dirigente perredista explicó que la asimetría grave que permitía que todavía se violentaran los derechos políticos de las mujeres al utilizarlas de “juanitas” en el estado de Tabasco, pertenece al pasado, gracias al impulso del PRD en la legislatura tabasqueña de una ley Antijuanitas presentada por el diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana.

Castello Rebollar explicó que otro de los obstáculos para que se logre la paridad política plenamente, es la visión patrimonialista que todavía impera en los partidos políticos, y que da paso a la discriminación y la violencia política contra las mujeres.

Un ejemplo ilustrativo de ello es la declaración que hiciera el gobernador electo de Hidalgo por el PRI, Omar Fayad Meneses, quien justificó la derrota de su partido en el 70% de los municipios de la entidad porque postularon candidatas mujeres.

Esta es una declaración totalmente machista que discrimina a las mujeres; que minimiza y desvaloriza la participación política femenina en dicha entidad, puntualizó.

Así mismo subrayó que cuando Omar Fayad señala que tuvieron que postular candidatas mujeres “a fuerza”, revela que si no estuviera establecido en la ley electoral la paridad de género, la participación política de las mujeres de dicho partido como candidatas en las elecciones de Hidalgo hubiera sido mínima o nula.

Lo lamentable es que este pensamiento androcéntrrico ocurre con dirigentes de otros partidos y en otros estados, en donde incluso han violentado la ley electoral, o se han aprovechado de las asimetrías de las legislaciones estatales con la federal en materia de la paridad de género, añadió la dirigente nacional perredista.

En México, dijo, la reforma político-electoral del 2014 otorgó rango constitucional a la paridad entre mujeres y hombres en las candidaturas de la Cámara de Diputados, Senadores y Congresos estatales, pero su aplicación ha tenido que enfrentar la resistencia de la misoginia política.

Por ello, agregó Claudia Castello, durante los últimos procesos electorales del 2015 y 2016, fue necesario el establecimiento de acciones afirmativas en favor de la paridad de género, así como el establecimiento de jurisprudencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal para garantizar el derecho constitucional a la paridad sustantiva.

Finalmente destacó que se han logrado avances importantes en el incremento de la representación femenina, tanto en el Congreso federal como en las legislaturas estatales y en los ayuntamientos, pero advirtió que habrá que revisar minuciosamente las legislaciones estatales para que ya no se le haga fraude a la paridad.

Por su parte, el diputado perredista Marcos Rosendo Medina Filigrana, autor de la iniciativa antijuanitas en Tabasco, dijo que con la aprobación de dicha ley se evitará que individuos o grupos de interés de mentalidad decimonónica burlen la ley al postular como candidatas a las alcaldías a mujeres cercanas o parte de su entorno familiar con el objeto de posteriormente obligarlas a pedir licencia al cargo en beneficio propio o de algún allegado varón.

Dijo que con 34 votos a favor, ni uno en contra, el Congreso tabasqueño reformó los artículos 32 y 33 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos de Tabasco y 56 y 62 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco en materia de equidad de género, para establecer que toda fórmula de candidatos, sea de mayoría relativa o de representación proporcional, se integrará por un propietario y un suplente del mismo género.

Asimismo, apuntó que se estableció que los Partidos Políticos locales deberán garantizar la paridad de género en las candidaturas a diputados y regidores locales, y sin excepción alguna se deberá asegurar las condiciones de igualdad entre géneros en las fórmulas de candidatos que deberán integrarse con un propietario y un suplente del mismo género.

También subrayó que ante el escenario de desaparición de un ayuntamiento, se considerará la paridad de género en la conformación del Concejo Municipal, debido a que las fórmulas de Concejales propietarios y suplentes también presentarán los mismos requisitos para los regidores.

En caso de las Presidencias Municipales, apuntó será sustituido por su suplente o, en su caso, por uno de los regidores o por un vecino del Municipio que deberán de ser del mismo género que la persona que genera la vacante; en los dos últimos supuestos, cualquiera de ellos será designado por la mayoría de los integrantes del Ayuntamiento.

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