jueves, 30 de noviembre de 2017

Tipos de violencia de género

16 días de activismo por la erradicación de la violencia contra las mujeres; Dí No a la Violencia económica

Cápsula radiofónica de Voz de Mujer radio tv sobre la violencia económica; escúchala, coméntala y compártela. Sólo dale clic en la flecha.


No aportar dinero intencionalmente para atender las necesidades (salud, educación, alimentación) de las y los hijos menores de edad, las tuyas, así como la manutención de la casa (agua, luz, gas, etc.). No dejarte trabajar, controlar el ingreso familiar, recibir un salario menor en comparación con los hombres por un igual trabajo. Estos son algunos ejemplos de la violencia económica que pueden vivir las mujeres.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, define a la violencia económica como toda acción u omisión del agresor que afecta la supervivencia económica de la víctima.

Se manifiesta a través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso de sus percepciones económicas, así como la percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral. (Artículo 6, fracción IV)

Este tipo de violencia inhabilita a las mujeres para gozar de autonomía en la medida en que dificulta su acceso al mercado de trabajo.

En esta cápsula, la Doctora Ana María Tepichin Valle, académica investigadora del Colegio de México, nos habla de la violencia económica al ser entrevistada por Claudia Juárez, durante el Coloquio La igualdad de Género como reto de la izquierda en el siglo XXI, en el marco del Segundo Encuentro Internacional “La Izquierda Democrática”.

La Doctora Tepichín Valle plantea la autonomía económica como una solución a la violencia económica, pues explica que debido a su actividad principalmente doméstica, la mujer están en una  dependencia con relación al jefe del hogar, siendo ésta una forma de control y opresión de género.

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